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Perdonan una deuda de más de 15 millones de euros a dos personas por la Ley de Segunda Oportunidad.

  • Foto del escritor: Juan Lopez
    Juan Lopez
  • 27 may 2024
  • 2 Min. de lectura

La deuda de cada uno ascendía a 7.993.790 y 7.316.050 euros. La magistrada ha acordado la conclusión de los concursos sin masa de ambos deudores.

 



La Ley de Segunda Oportunidad perdona una nueva deuda, en este caso millonaria..


Dos personas no tendrán que pagar más de 15 millones de euros tras aplicarse la Ley de Segunda Oportunidad. En concreto, la deuda de cada uno ascendía a 7.993.790 y 7.316.050 euros respectivamente, según informa el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG), en base al contenido de los fallos.


En los autos, la magistrada ha acordado la conclusión de los concursos sin masa de los deudores por insuficiencia de masa activa para satisfacer los créditos. Así, explica que, tras la declaración de ambos concursos sin masa, no se ha solicitado por parte de los acreedores la designación de administrador concursal en un plazo de quince días, lo que conlleva su conclusión.


Deudas de más de 15 millones de euros.


En uno de los casos -exoneración de 7.993.790 euros-, el origen de sus deudas proviene de los avales y fianzas personales otorgados en su día, cuando era socio de una empresa, a entidades bancarias para que prestasen financiación a la compañía. En el otro caso -exoneración de 7.316.050 euros-, la deuda la adquirió como consecuencia de su anterior actividad como autónomo, al contraer obligaciones financieras (préstamos, créditos y, en especial, afianzamiento solidario a la empresa que administraba).


Así explica la jueza la aplicación de la Ley.


La magistrada explica en los autos que la nueva regulación “contempla la exoneración del pasivo como un derecho, no como un beneficio del deudor”, al tiempo que añade que ello tiene relevancia en tanto que, en caso de oposición a la concesión, serán los acreedores que se opongan al reconocimiento de este derecho, quienes, conforme a las reglas que rigen la carga de la prueba, están obligados a acreditar la concurrencia de alguna o algunas circunstancias que excepcionan o prohíben el acceso.


En ninguno de los dos casos, formulada la solicitud, ni la administración concursal ni los acreedores personados se opusieron a ella, por lo que la jueza de los concursos, tal y como establece el artículo 502 del texto refundido de la Ley Concursal, previa verificación de la concurrencia de los presupuestos y requisitos establecidos en la ley, concedió la exoneración del pasivo insatisfecho en las resoluciones en las que declara la conclusión de los concursos.


¿Qué es la Ley de la Segunda Oportunidad?


La Ley de Segunda Oportunidad es un sistema legal que tiene por objetivo el ofrecer la oportunidad a deudores particulares o autónomos de que puedan cancelar o reestructurar sus deudas. Su objetivo principal es la de ayudar a eliminar las deudas de quienes están pasando por una delicada situación económica y que, probablemente, haya sido buen pagador en el pasado.


Fuente: 20 minutos

 
 
 

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