Un hombre alquila en Lleida su vivienda y acumula una deuda de más de 50.000 euros después de que los inquilinos destrocen la casa.
- Juan Lopez
- 28 ene
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Son muchas las circunstancias por las que una persona puede acabar arruinado, aunque algunas no son muy predecibles o previsibles. Es el caso de un hombre de Lleida, que acabó acumulando una deuda que ascendía a más de 50.000 euros, después de tratar de alquilar su vivienda, la cual acabó destrozada.
1. Solicitó varios préstamos.
Concretamente, tal y como explican los profesionales que atendieron esta solicitud, "el deudor tenía una vivienda gravada con una garantía hipotecaria que alquiló y que, posteriormente, tuvo que reformar".
El motivo fue que los inquilinos "destrozaron" la vivienda, por lo que el propietario "tuvo que solicitar varios préstamos para intentar volver a alquilarla". "Finalmente, se vio superado por toda esta situación. Acabó haciendo la dación en pago de la vivienda. Le quedó un remanente al que no pudo hacer frente".
2. Adiós a una deuda de 53.073 euros.
El despacho de profesionales donde el deudor acude para pedir ayuda y que se le tramite la Ley de Segunda Oportunidad, logra la cancelación de la misma, y como consecuencia, la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) de 53.073 euros, al que no podía atender.
3. Ley de Segunda Oportunidad.
Casos como éste manifiestan la importancia de esta legislación. Según señalan los expertos, "España incorporó a su sistema jurídico la Ley de Segunda Oportunidad en el año 2015". "Se trata de un mecanismo pensado para la cancelación de las deudas por parte de particulares y autónomos para que puedan dejar atrás una vida llena de problemas financieros y consigan empezar una nueva etapa desde cero.
La reforma de septiembre de 2022 supuso una simplificación del proceso y una consecuente reducción de los plazos de obtención del resultado".
4. Cada vez más arraigada.
Al principio existía un gran desconocimiento acerca de la existencia de esta herramienta. Sin embargo, la difusión de los diferentes casos y la proliferación de éxito, ha llevado a que cada vez esté más arraigada entre la ciudadanía.
Las personas que han conseguido su exoneración, explican su satisfacción acerca de los enormes beneficios de acogerse a esta Ley de la Segunda Oportunidad.
5. Requisitos a cumplir.
Esta legislación como ya es sabido, ampara tanto a particulares como a autónomos al eximirles del pago de sus deudas en caso de cumplir los requisitos que marca la misma.
En líneas generales, es suficiente con que el concursado no haya sido condenado por delitos de orden socioeconómico en los diez últimos años, que se encuentre en un estado actual o próximo de insolvencia y que actúe de buena fe, sin ocultar bienes ni ingresos.
Fuente.- El Economista




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