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El desconocimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad, puede crear desconfianza.

  • Foto del escritor: Juan Lopez
    Juan Lopez
  • 22 ene
  • 3 min de lectura


La Ley de la Segunda Oportunidad sigue siendo una gran desconocida para buena parte de la sociedad española. A pesar de que permite cancelar deudas y empezar de nuevo, muchas personas siguen pensando que "no puede ser verdad".


Reestructuración & Mediación desmonta mitos, explicando con claridad quién puede acogerse a este mecanismo legal y cómo es el proceso real ante los juzgados.


La Ley de la Segunda Oportunidad: qué es y por qué genera desconfianza


“Más que pensar que es una trampa, la gente cree que no es verdad”, explica el experto, pero lo que si es un hecho real, es que los juzgados cada vez tramitan más procedimientos de exoneración de deuda.

 

El principal problema, es el desconocimiento. "En la mayor parte de los Países Europeos lleva muchísimo tiempo funcionando. En España entra en vigor 2015, con una reforma importante en 2022, que la hace más accesible, y  otras novedades en el Congreso Europeo en 2025”.


La clave está en el concepto de deudor de buena fe. "La ley fija una serie de requisitos muy claros": 

 

1.- No tener antecedentes penales por delitos económicos .

 

2.- No tener sanciones graves o muy graves de Hacienda o la Seguridad Social, ni derivaciones de responsabilidad.

 

3.- No haber generado las deudas de manera fraudulenta.

 

Si cumples esos requisitos, la ley te permite cancelar las deudas y volver a empezar de nuevo.

 

Qué deudas se pueden cancelar y cuáles no.

 

Una de las dudas más frecuentes que surgen, son los tipos de deudas que pueden acogerse a la exoneración.


Reestructuración & Mediación  lo aclara: “La deuda se exonera prácticamente en su totalidad, excepto el crédito público, que tiene unos límites en el importe de 10.000 €, la pensión de alimentos, multas penales y responsabilidad civil por delito.

 

Contrariamente a lo que muchas personas piensan, no existe un único perfil de cliente. Existe desde personas que han tenido una situación económica muy desahogada, cuya empresa se vino abajo, y familias que viven con un solo sueldo de 1.900 euros».

 

En el primer caso, “muchos empresarios avalaron las deudas de su empresa con su patrimonio personal, cuando el negocio quiebra, se arruinan con él”.


En el segundo, la situación es más cotidiana pero igual de agobiante: “Piden un préstamo para pagar el alquiler, luego otro para pagar el anterior, y acaban debiendo una cantidad de euros considerables añadida estos acreedores cada día llaman al deudor”.

 

El perfil es bastante diverso como podemos comprobar, “pero todos comparten una cosa: no pueden salir solos de esa rueda”.


Filtro estricto antes de llegar al juzgado.

 

Reestructuración & Mediación insiste en que no todos los casos valen, “Tenemos un filtro especial”, solo llevamos al juzgado a personas que realmente cumplen los requisitos y necesitan una segunda oportunidad para empezar de nuevo.

 

El proceso comienza con un chequeo inicial: “Dime qué bienes tienes, qué no tienes y cuáles son tus deudas”.

 

En ese momento, ya podemos diferenciar el tipo de deudor:

 

1.- Con masa: El deudor tiene bienes que se pueden liquidar.

 

2.- Sin masa: El deudor no tiene bienes suficientes para hacer frente a sus deudas. 

 

La recopilación de documentación es muy importante: “Hay que acreditar que eres un deudor de buena fe y que tu situación cumple los requisitos que marca la ley”.

 

Una vez ya el juzgado admite la documentación presentada a tramite y admitida a concurso, cumplidos con los tramites requeridos en el procedimiento, el juez emite el Auto de exoneración de las deudas.


El despacho continua acompañando al cliente, ya que  “hay que comunicar la resolución del Auto emitido por el juez a todos los acreedores, sacarlos de ficheros como el ASNEF y CIRBE, gestionar a los que siguen llamando”.


Una vez ya concluido el procedimiento, nuestro despacho sigue estando al lado del cliente como soporte en cualquier asunto que puedan necesitar y para alivio del deudor que ha pasado de la angustia a la tranquilidad, empezando una nueva vida sin deudas.

 

Fuente.-Reestructuración & Mediación.

 

 

 

 

 

 

 
 
 

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