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Los concursos aumentan un 50,4% en el primer trimestre de 2021.

  • Foto del escritor: Juan Lopez
    Juan Lopez
  • 11 jun 2021
  • 2 Min. de lectura

11-06-2021

El número de concursos presentados en el primer trimestre de 2021, contabilizando los presentados en los Juzgados de lo Mercantil y los de personas físicas registrados en los juzgados de primera instancia y de primera instancia e instrucción, ascendió a 4.925, cifra que en términos porcentuales pone de manifiesto un aumento del 50,4% respecto al mismo trimestre de 2020. Estos y otros datos figuran en el informe Efectos de la crisis económica en los órganos judiciales, que ha hecho público la sección de Estadística del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).


Según relata la nota remitida por el CGPJ, esta tendencia al alza -la mayor desde el inicio de la crisis sanitaria y, en cocnreto, desde el fin del confinamiento- fue aún más marcada en los concursos de personas naturales no empresarios presentados en los juzgados de primera instancia y en los juzgados de primera instancia e instrucción, que con 2.531 experimentaron un incremento interanual del 61,4%. Cataluña fue la Comunidad Autónoma con más concursos de este tipo (687, que representan el 27,1% del total nacional), seguida por Madrid, con 386; Andalucía, con 362; y la Comunidad Valenciana, con 314.


Por primera vez, en este trimestre se dispone del dato desglosado según los concursos hayan sido presentados en los juzgados de lo mercantil por personas físicas empresarios (834) o por personas jurídicas (1.560).


A esta situación acuden empresas y personas que han desarrollado una actividad mercantil como administradores de una sociedad o autónomos, que han tenido que cerrar por sobreendeudamiento. Estas deudas han sido habitualmente avaladas por administraciones y socios, y en muchos casos le han sido derivadas por las administraciones públicas o sus otros acreedores, al no haber actuado el administrador diligentemente, y haber presentado concurso una vez conocida la situación de imposibilidad de hacer frentes a sus deudas.


Para evitar llegar a esta situación, las empresas deben acudir al Acuerdo Extrajudicial de Pagos de la Deuda y su Homologación Judicial, para su continuidad, y la oportunidad de generar valor de nuevo.


De igual forma, se puede acometer un plan de reestructuración para conseguir oportunidades de crecimiento de negocio, o reestructuración positiva. Puede que una empresa no tenga problemas, y que incluso no se vea amenazada por incertidumbres del mercado o el entorno; sin embargo, si no tiene identificadas y valoradas sus oportunidades de crecimiento, no acometerá la reestructuración necesaria para poder conseguirlas. En este caso, la reestructuración no es imprescindible para su supervivencia, sin embargo, estará dejando pasar la oportunidad de crecimiento, que puede que sea la base de su futura viabilidad cuando tenga que enfrentarse a las amenazas, y entonces su capacidad de reacció sea tarde.


El mundo en el que vivimos se mueve a una velocidad de vértigo, y es fundamental para la viabilidad de las empresas saber adaptarse a los cambios que se producen en nuestro entorno. Por ello, es fundamental adoptar un plan de reestucturación empresarial con tiempo para poder reaccionar y que las medidas no sean demasiado drásticas, sino que se vayan incorporando de forma gradual a las organizaciones, de esta forma, conseguimos que la reestructuración sea el proceso natural de crecimiento en una empresa y generar valor.


 
 
 

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